
19 Abr “Condenan a una aseguradora a pagar dos seguros de vida por falta de acreditación de la realización del cuestionario de salud.”
“El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Santander ha condenado a una compañía de seguros a hacer efectiva la prestación por el fallecimiento del tomador-asegurado, pues si bien en el momento de la contratación éste presentaba distintas dolencias no consta probado que facilitara las respuestas que se recogieron en el cuestionario de salud realizado al momento de su contratación, que fue confeccionado por el personal de la entidad bancaria donde se realizaron los seguros. La sentencia condena a la aseguradora a pagar a la heredera del asegurado las garantías de dos seguros de vida: la suma de 12.000 € y la correspondiente a las cuotas del préstamo hipotecario desde el momento del fallecimiento del asegurado y hasta la total liquidación del préstamo.
La parte demandante, representada por el despacho de Abogados “Piris del Campo Abogados” admite que si bien en el momento del fallecimiento el asegurado padecía de determinadas dolencias, ni eran graves ni fue preguntado por ellas al realizarle el cuestionario de salud, pues éste se rellenó por el empleado del banco donde se contrataron, limitándose el asegurado a firmar las pólizas. Por su parte, la aseguradora se oponía a la reclamación al entender que las dolencias eran graves y que el asegurado las ocultó en los cuestionarios de salud incluidos en las dos pólizas, sosteniendo que el empleado del banco cumplimentó el cuestionario con las respuestas dadas por el asegurado. La sentencia determina que los padecimientos no eran tan graves y, fundamentalmente, que no se puede estimar que el asegurado ocultase sus dolencias, pues la aseguradora no ha acreditado que el empleado del banco realizase al asegurado las preguntas del cuestionario, ni que lo rellenase con las respuestas facilitadas por éste.”
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