
01 Feb IRPH: EL TRIBUNAL SUPREMO SE PRONUNCIA DE NUEVO A FAVOR
El Tribunal Supremo ha publicado el pasado viernes las primeras sentencias sobre hipotecas vinculadas al IRPH desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciase sobre la materia en noviembre del 2020. La Sala considera que el TJUE confirmó el criterio que venía manteniendo la Sala, de validez del IRPH: “Los autos del TJUE, al responder a las cuestiones específicamente planteadas sobre el tema confirman la corrección de la jurisprudencia de la Sala”. En relación con la abusividad del índice, se afirma que “el ofrecimiento por la entidad de un índice oficial, aprobado por la autoridad bancaria, no puede vulnerar por sí mismo la buena fe”. En cuanto al desequilibrio de los derechos y obligaciones de las partes, señala que “debe ser valorado en el momento de la firma del contrato y que la evolución posterior del índice -perjudicial para el cliente- no puede ser determinante: que en su desenvolvimiento posterior el préstamo resulte más caro que otros no supone desequilibrio determinante de abusividad, puesto que el control de contenido no puede derivar en un control de precios y el TJUE ha descartado que las entidades bancarias tuvieran obligación de facilitar información comparativa sobre los distintos índices oficiales sobre su evolución futura, o de asesorar a sus clientes sobre el mejor préstamo posible”. La decisión del Tribunal Supremo es contraria a la que han aplicado otros tribunales inferiores desde la resolución del TJUE.
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