Las “discrepancias razonables” entre los padres no impiden la custodia compartida
El Tribunal Supremo acaba de publicar una sentencia, de 16 de febrero de 2015 en la que considera que "la existencia de divergencias entre los padres que sean razonables, no imposibilitan que se otorgue la custodia compartida del hijo", en tanto que este régimen es deseable...
13 abril, 2015
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